El diputado Juan Ignacio Fernández (LLA) argumenta que la norma es ineficaz y obsoleta.
Desde La Libertad Avanza (LLA) impulsan la derogación de la Ley N.º 6255 de Alquileres Temporarios en el territorio porteño, la cual regula “un segmento económico de relevancia significativa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, íntimamente vinculado con la actividad turística”, según entiende el autor del proyecto, el diputado Juan Ignacio Fernández.
El legislador de LLA menciona en los fundamentos del proyecto que el Instituto de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires (IDECBA) afirma que, en el tercer trimestre de 2024, el incremento medio de los precios de alquiler se ubicó entre el 113,5 % y el 134,8 % interanual. Este resultado fue inferior a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPCBA), que alcanzó el 240,6 % en términos interanuales, algo que “ha permitido demostrar qué efectos produce la eliminación de restricciones sobre transacciones inmobiliarias”.
El diputado Fernández pondera que “la Ciudad recibe anualmente una afluencia considerable de visitantes, generando demanda de alojamiento de corta duración que representa un aporte sustancial a la economía local y a la generación de empleo”. Asimismo, explica que esos alquileres “constituyen una vía de acceso a vivienda para residentes que, por diversas razones, no cumplen con los requisitos exigidos por el mercado de alquileres permanentes”, por lo que la disponibilidad de alquileres temporarios resulta “determinante para el desarrollo turístico, la competitividad de Buenos Aires como destino internacional y el acceso a vivienda de sectores de la población”.
Además, en términos prácticos, el diputado asegura que la Ley N.º 6255 es de “carácter obsoleto e inaplicable”, al exponer la nula rigurosidad del registro obligatorio de las operaciones fijado por la norma, cuya fiscalización es competencia de la Secretaría de Turismo. El propio legislador indica que en septiembre de 2022 existían 15.603 viviendas publicadas únicamente en la plataforma Airbnb, de las cuales solo 250 se encontraban registradas conforme a la normativa vigente; mientras que en diciembre del mismo año la oferta superó las 20.000 viviendas, de las cuales apenas 137 se hallaban registradas.
A su entender, “propietarios e intermediarios han optado sistemáticamente por no registrar sus operaciones, transformando el dispositivo regulatorio en inaplicable de hecho”. Sostiene que en esto se fundamenta el pedido de derogación de una norma que “resulta enteramente ineficaz en la consecución de sus objetivos, permanece formalmente vigente e impone cargas administrativas innecesarias a quienes pretenden operar en el mercado de alquileres temporarios”. Esta situación provoca “obstáculos regulatorios sin producir ordenamiento alguno”, por lo que vuelve a resaltar que “su supresión permitiría que el mercado de alquileres temporarios operara bajo condiciones de competencia abierta, dinamizando la oferta y beneficiando tanto a propietarios como a turistas y residentes que dependen de tales opciones”.













