Desde la Coalición Cívica se impulsa en la Legislatura porteña un proyecto de Ley para prohibir “la publicidad, promoción, difusión y patrocinio de juegos de apuestas y azar, en forma directa o indirecta, en formato tradicional o no tradicional, a través de cualquier canal de difusión audiovisual, gráfico o comunicacional, por medio de soportes estáticos, digitales, o cualquiera sea su formato, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, por parte de las salas de juego o cualquier otro autorizado por Lotería de la Ciudad S.E. para la comercialización o distribución de juegos de apuestas de azar”.

En los fundamentos se menciona la necesidad de “fortalecer la política pública existente en materia de prevención y concientización del juego patológico”

Dando a conocer que “la encuesta TGM International Sports Betting Survey 2022 destaca para la Argentina que de la población entrevistada el 55% había apostado en los últimos 12 meses, el 61% de los apostadores fueron hombres, el 54% de los apostadores lo hicieron para ganar dinero y el 70% prefieren apostar online. El 21% dijo haber apostado más durante los últimos 12 meses y el 44% apostaron por primera vez".

Señalando que, “en lo que se refiere a la edad de los entrevistados, se encuentra que el grupo que más apuesta diariamente en deportes es el de adolescentes y jóvenes”.

Se recuerda, desde la Coalición Cívica, que “entre las explicaciones propuestas a por qué los jugadores problemáticos pudieran verse más influidos por esta publicidad que los jugadores sociales, se sugiere encontrarse en ambientes más expuestos a esta publicidad, estar más receptivos o la focalización de la atención hacia estímulos relacionados con el juego”

Alertando que, dicen los especialistas, “un punto clave del sistema de prevención y protección debe estar dado por una arquitectura normativa que restrinja la difusión de estas actividades a fin de limitar los alcances y el impacto del juego en línea, ya que como hemos visto en los antecedentes internacionales, esta modalidad de apuesta multiplica las opciones de juego a la población, potencia la llegada a los jóvenes por resultar accesible desde cualquier dispositivo electrónico, lo cual puede generar un daño irreversible en la sociedad”.

PROYECTO DE LEY
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley:


Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 27 de la Ley N° 6.330 que queda redactado de la siguiente manera: Art. 27.- Prohibición de la Publicidad. Se prohíbe la publicidad, promoción, difusión y patrocinio de juegos de apuestas y azar, en forma directa o indirecta, en formato tradicional o no tradicional, a través de cualquier canal de difusión
audiovisual, gráfico o comunicacional, por medio de soportes estáticos, digitales, o cualquiera sea su formato, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, por
parte de las salas de juego o cualquier otro autorizado por Lotería de la Ciudad S.E. para la comercialización o distribución de juegos de apuestas de azar.

Artículo 2°.- Deróguese los artículos 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34 y 35 de la Ley N° 6.330.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.