Desde el Ministerio Público Fiscal Caba se dio a conocer un caso enmarcado en Violencia de Género, dando lugar al primer fallo de tal delito, condenando a un hombre por contagiar de VIH a su ex pareja.
La investigación llevada adelante por la Fiscalía PCyF Nº 36 especializada en Violencia de Género, a cargo del Dr. Adrián Dávila, logró establecer que el imputado, en conocimiento de su enfermedad, no tomó recaudos para evitar contagiar a su pareja mientras mantuvieron un vínculo. Además, a raíz del contagio, se le atribuye haberle provocado un debilitamiento permanente para su salud, con afectación global de su calidad de vida.
El fallo de la justicia de la ciudad –el primero registrado para este delito- homologó el acuerdo de avenimiento alcanzado entre las partes, por el que se condenó al imputado –un hombre de 56 años- a la pena de 3 años de prisión en suspenso. A su vez, homologó el acuerdo de reparación civil del daño causado a la víctima, por el que el imputado deberá abonarle la suma de 40 mil dólares.
Además, se establecieron como reglas de conducta por el plazo de 3 años la abstención de contacto con la víctima por cualquier medio; la realización de 80 horas de tareas de utilidad pública en la Fundación Cáritas –en una entidad relacionada con el estudio del VIH-; la obligatoriedad de realizar un taller sobre Violencia de Género; así como fijar residencia y notificar cualquier cambio.
El caso se inició con la denuncia de la víctima luego de tomar conocimiento de su afección. La misma le provocó una trombosis que se transformó en una necrosis -muerte del tejido corporal- de por vida, en las venas ilíaca y femoral y una edematización, también permanente, de su pierna izquierda. Todo esto, con riesgo de vida ante una nueva trombosis, sumado al riesgo cierto e inminente de contraer otras enfermedades por estar inmunosuprimida.
La investigación de la fiscalía recolectó diversas pruebas, como análisis médicos y testimonios, que permitieron establecer que el imputado tomó conocimiento de su enfermedad en marzo de 2013. Asimismo, la relación de pareja con la víctima se mantuvo entre los años 2011 y 2016, lapso en el cual mantuvieron relaciones sexuales sin ningún tipo de profilaxis para evitar la transmisión de enfermedades, evidenciando que el hombre no tomó recaudo alguno para impedir su contagio por transmisión sexual.
El contagio a la víctima le provocó una afección en su salud mental por trastorno de estrés postraumático y del estado del ánimo, derivado de toda la situación sufrida por el contagio de VIH.
Frente a ello, la fiscalía le imputó el delito de contagio de una enfermedad de transmisión sexual, junto a lesiones graves y gravísimas, agravadas por el vínculo y el género. Finalmente, tras el acuerdo de avenimiento homologado por la jueza Fernanda Botana, del juzgado 5, se lo condenó a la pena anteriormente mencionada.